ep imagen de archivo de la ciutat de la justicia de barcelona
Imagen de archivo de la Ciutat de la Justícia de Barcelona.DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS

Rechaza el recurso de la Abogacía del Estado porque el Ejecutivo central es la autoridad competente en el estado de alarma

BARCELONA, 1 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Social 12 de Barcelona ha confirmado su resolución para que la Conselleria de Justicia de la Generalitat y el Ministerio de Justicia hagan en 24 horas una evaluación de los riesgos laborales por la exposición al coronavirus en los juzgados de Barcelona, por lo que rechaza el recurso de la Abogacía del Estado y reitera que el Gobierno sí es competente en la materia.

En el auto, firmado el miércoles y consultado por Europa Press, el juez señala que, en el marco del estado de alarma, la autoridad competente en materia de coordinación de la actividad profesional de los funcionarios es el Ministerio de Justicia "y concretamente, por delegación, del Ministerio de Sanidad".

El Juzgado Social 12 de Barcelona acordó el domingo 22 de abril estimar parcialmente las medidas cautelares que pedía el sindicato 'Judicialización del Secretariado Judicial' para que el Ministerio y la Conselleria hicieran una evaluación de los riesgos laborales para los trabajadores judiciales que prestan los servicios mínimos establecidos por el estado de alarma.

La Abogacía del Estado recurrió el acuerdo y señaló que era la Generalitat quien debía entregar mascarillas, guantes y gel desinfectante a los funcionarios de justicia.

NO PEDÍA MATERIAL

Además de las competencias del Estado, el juez señala en su auto que la medida cautelar urge a hacer una evaluación de riesgos y no a entregar a los funcionarios material de protección, lo que sí es competencia de la Generalitat habitualmente.

"Lo que se pedía era la evaluación de riesgos, no en condiciones ordinarias, sino en la situación de estado de alarma por la pandemia de Covid-19 y los riesgos asociados al desarrollo de las actividades declaradas esenciales en el ámbito de la administración de justicia, precisamente declarada por el secretario de Estado", señala el juez.

EL MINISTERIO YA ESTABLECIÓ MEDIDAS

Además, el magistrado recuerda que el Ministerio dictó una resolución el 23 de marzo en la que estableció las medidas de protección en los servicios esenciales: "No solo el Ministerio de Justicia es competente, sino que, en ejercicio de esta competencia, ya ha hecho evaluación de riesgos, o al menos dice que lo ha hecho".

La Abogacía del Estado también alegó que la medida cautelar causa un "grave perturbación del interés general" porque las mascarillas las necesitan los sanitarios prioritariamente, a lo que el juez responde con el mismo motivo: su resolución le obliga a evaluar riesgos y no a entregar material, aunque sí lo solicitaba la petición inicial del sindicato.

contador