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El presidente de la Generalitat Quim Torra, en una imagen de archivo.David Zorrakino - Europa Press

La Sala contenciosa traslada los hechos a la penal

BARCELONA, 20 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha considerado que el incumplimiento en septiembre por parte del presidente de la Generalitat, Quim Torra, del plazo para retirar la pancarta con el lazo amarillo de la fachada de la sede del Ejecutivo catalán puede tener "relevancia penal".

En un auto de 4 de noviembre recogido por Europa Press, la sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha informado sobre el caso a la Sala Civil y Penal del mismo tribunal "por si los hechos tuvieran relevancia penal".

En la misma resolución, la Sala contenciosa ha rechazado el recurso de reposición que la Generalitat interpuso contra la orden del TSJC de retirar la pancarta a favor de la libertad de los líderes independentistas encarcelados.

El tribunal ha recordado que acordó la medida cautelar de retirar la pancarta a raíz de un recurso interpuesto por la entidad Impulso Ciudadano y que dio un plazo de 48 horas a Torra desde que fue requerido personalmente el 23 de septiembre, pero que el presidente de la Generalitat no quitó el cartel del balcón del Palau hasta que, expirado el plazo, se ordenó que lo hicieran los Mossos d'Esquadra.

A las 15.33 horas dos operarios retiraron la pancarta con el lazo y sobre las 18 la Generalitat colgó otra con el lema 'Libertad de opinión y expresión. Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos'.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y NEUTRALIDAD

Precisamente, el derecho a la libertad de expresión de Torra fue alegado en el recurso que presentó la administración catalana contra la orden del TSJC de retirar el lazo, pero la Sala contenciosa del tribunal ha considerado provisionalmente que hay que mantener la medida cautelar de retirada de la pancarta porque suponía "el mantenimiento, con vocación de permanencia, de un mensaje no neutral en el edificio público concernido [el Palau de la Generalitat]".

Impulso Ciudadano invocó el respeto al principio de neutralidad institucional para solicitar la retirada de la pancarta, y el TSJC ha considerado que Torra puede ejercer su derecho a la libertad de expresión "en todos los foros y en todos los formatos a su alcance, en el Parlament y en los medios públicos y privados de comunicación".

El auto del TSJC contiene un voto particular concurrente de un magistrado que considera que corresponde la medida cautelar de retirada de la pancarta, pero que la discusión sobre el derecho a la libertad de expresión de Torra y la neutralidad de las instituciones no se tendría que tratar en esta fase del procedimiento.

IMPULSO CIUDADANO

En un comunicado, Impulso Ciudadano ha afirmado que la historia se repite --Torra ya fue juzgado el lunes por presunta desobediencia en marzo a la Junta Electoral Central (JEC) con la pancarta-- y ha lamentado que el presidente de la Generalitat "haya adoptado como fórmula de gobierno la desobediencia a las instituciones y a los tribunales, actitud impropia de un gobernante democrático", por lo que le ha pedido que abandone el cargo.

"Su comportamiento hostil hacia los catalanes constitucionalistas, hispanofóbico, contemporizador con la violencia política y contrario a la separación de poderes le inhabilita para ello", ha remarcado la entidad.

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