MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado tres Reales Decreto en los que se regula la concesión directa de subvenciones, con carácter excepcional, a la Ciudad Autónoma de Melilla para reparar los daños causados por el terremoto de magnitud 6,3 acaecido el pasado 25 de enero que rozan los cinco millones de euros.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha recordado que el seísmo ha sido "uno de los más intensos de los últimos años en España" y que provocó "importantes daños materiales" en infraestructuras, viviendas, edificios públicos y distintos inmuebles del centro histórico.

De este modo, Sáenz de Santamaría ha justificado que "la magnitud de los daños" exigen una intervención de los poderes públicos así como colaboración institucional para restablecer la normalidad en la zona.

Por ello, los tres reales decretos apoyados incluyen la participación de los Ministerios de Hacienda, de Administraciones Públicas, de Interior y de Fomento, "todo de forma coordinada".

En concreto, ha explicado que se destinarán 700.000 euros de subvención a los gastos de emergencia más inmediatos, es decir para las actuaciones que fueron imprescindibles para garantizar la seguridad de las personas y de las infraestructuras, como la limpieza de escombros.

Además, se subvencionará con 2,2 millones de euros las obras de rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas y en los casos de destrucción total de la vivienda se destinarán hasta 400.000 euros para la financiación de alquiler de inmuebles.

De este modo, el Gobierno precisa que el Real Decreto se dirige a la rehabilitación, reparación y reconstrucción de viviendas y elementos comunes. Si el inmueble fuera la vivienda habitual y fue destruida totalmente entonces los propietarios podrán obtener una ayuda económica por el valor de los daños producidos según la tasación pericial. En todo caso, el importe no podrá ser superior al 80 por cien del precio de venta de una vivienda de noventa metros cuadrados calificada de protección oficial de régimen especial y ubicada en la misma localidad.

Mientras, si la vivienda no hubiera quedado destruida o demolida, sino dañada, sus propietarios podrán ser beneficiarios de una ayuda económica por una cuantía máxima de 24.000 euros para su reparación o rehabilitación.

Las ayudas se dirigen también a comunidades de propietarios que se podrán beneficiar de ayudas económicas para la rehabilitación o reparación de los daños que hubieran sufrido los elementos comunes del edificio, con un límite máximo de 3.000 euros por cada vivienda o elemento privativo existente en el edificio.

AYUDAS PARA VIVIENDAS DESTRUIDAS

El 50 por ciento serán financiadas por la Administración General del Estado, con cargo al crédito que habilitará el presupuesto del Ministerio de Fomento por hasta 2,2 millones de euros.

También se incluyen ayudas para el alquiler de una vivienda o realojamiento alternativo cuando una vivienda habitual haya quedado totalmente destruida, hasta un máximo de 24 meses que serían prorrogables, en su caso, hasta que fuera posible la reconstrucción o la disposición de una nueva, aunque también podrán admitirse otras fórmulas de realojamiento alternativas cuando así resulte necesario.

Asimismo, en caso de que la vivienda habitual fuera de alquiler se accederá a ayudas por alquiler que consistirán en el abono de la diferencia entre las rentas de alquiler de la anterior y de la nueva, también por un máximo de 24 meses.

Si la rehabilitación o reparación de la vivienda exige su desalojo, se podrá acceder igualmente a una vivienda en régimen de alquiler, durante un período máximo de doce meses, prorrogable, en su caso, hasta que sea posible la disposición de la vivienda. Estas ayudas no podrán superar los 74,13 euros por metro cuadrado de alquiler al año y como máximo ascenderán a 6.671,7 euros al año.

Los reales decreto incluyen ayudas para enseres de primera necesidad, con una cantidad máxima de 2.850 euros. Las ayudas se financiarán en un 50 por 100 por la Administración General del Estado, con cargo al crédito que por un importe máximo de cuatrocientos mil euros se habilite en el presupuesto del Ministerio del Interior.

En tercer lugar, se destinarán hasta 1,55 millones de euros para ayudas a equipamientos e infraestructuras públicas de Melilla. Serán gastos subvencionables los de inversión, relativos a ejecución de un contrato de obras, siempre que se corresponda con los fines subvencionados y con posterioridad a la fecha de la catástrofe.

Igualmente, los gastos de dirección de obra y de coordinación de seguridad y salud. Se establece la compatibilidad de la subvención con otras ayudas a las que hubiera podido acogerse para la misma finalidad, siempre que el importe total no supere el coste final de las obras.

Finalmente, quedarán excluidos de estos fondos los trabajos propios de la entidad local ya sean materiales, maquinaria o personal. Esta cuantía de 1,55 millones se abonará con cargo al crédito que habilitará el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El Gobierno en funciones aclara que las ayudas previstas son incompatibles con las reguladas en el Real Decreto del 18 de marzo de 2005, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

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