• La Fiscalía también rechaza la petición realizada por UPYD para el Sepblac
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La Fiscalía Anticorrupción ha rechazado la celebración de una vista en la que se decida sobre el ingreso en prisión del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato en el marco del 'caso Bankia', así como las peticiones para que se le retire el pasaporte y se le prohíba salir del territorio nacional, informaron fuentes jurídicas.

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Según destaca Europa Press, el fiscal Alejandro Luzón argumenta en un escrito remitido este jueves al juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu que no procede acordar estas medidas en el marco de este procedimiento, en el que no se han producido novedades significativas en la investigación.

La Fiscalía sostiene que no se procede acordar estas medidas en el marco de este procedimiento porque no hay novedades

El juez Andreu preguntó a la Fiscalía si debía celebrar una vista contemplada en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a petición de un particular, y si acordaba la retirada del pasaporte y la prohibición de salir del territorio nacional, reclamada por Unión, Progreso y Democracia (UPyD), que ejerce la acusación popular en la causa.

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Anticorrupción también rechaza la petición de la formación 'magenta' de solicitar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) que informe sobre la situación actual de las investigaciones que afectan a Rato, sus bienes patrimoniales, disposiciones y transferencias dinerarias realizadas.

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CAUSA EN PLAZA DE CASTILLA

Las citadas fuentes apuntan, no obstante, que las medidas cautelares solicitadas se podrían imponer, en todo caso, en el marco de la causa que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid por las actividades económicas del exvicepresidente.

Rato se encuentra imputado en el procedimiento en el que se investiga la fusión y salida a Bolsa de Bankia por los delitos de falsificación de cuentas, administración desleal, maquinación para alterar el precio de las cosas y apropiación indebida. También se le atribuyen los delitos de administración desleal o apropiación indebida en la pieza separada sobre las 'tarjetas black' opacas al fisco, en la que los exconsejeros de Bankia y Caja Madrid cargaron 15,5 millones de euros entre 1999 y 2012.

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ARCHIVADA LA CAUSA CONTRA SIETE IMPLICADOS EN LAS TARJETAS BLACK

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha decidido archivar la causa de las tarjetas opacas de Caja Madrid para siete de los imputados por prescripción de los delitos que se están investigando. Así, el magistrado señala que el delito de apropiación indebida habría prescrito, ya que han pasado cinco o diez años desde la última infracción.

Así consta en siete autos, a los que ha tenido acceso Europa Press, en los que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 declara "extinguida la responsabilidad penal" que se atribuía a los exdirectivos y exconsejeros Elena Gil (que cargó 72.479,96 euros), José Carlos Contreras (23.827,62 euros), Ángel Rizaldos (20.176,32), Rafael Pradillo (28.682,55), Ignacio Varela (35.722,09), Joaquín García Ponte (21.135,10) y José Luis Acero (10.163,27 euros).

En todos los casos, Andreu recuerda que el delito de apropiación indebida, castigado con hasta seis años de prisión, prescribe a los diez años cuando los importes presuntamente sustraídos superen los 50.000 años y a los cinco en el caso de que no alcancen esta cuantía. El magistrado señala en todas las resoluciones que los gastos de los siete exdirectivos fueron cargados entre 2003 y 2006, por lo se habría superado el plazo de prescripción establecido en la ley.

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