MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

El Defensor del Pueblo, tras ponerse en contacto con el Banco de España y con la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, deduce que "no hay previsión" de crear ningún tipo de acción para evitar los procedimientos judiciales relativos a cláusulas que imponen al cliente el pago de todos los gastos hipotecarios.

En su informe anual de 2017, la institución explica que inició actuaciones con ambas autoridades. En cuanto al Banco de España, señala que no le corresponde emitir pronunciamientos sobre el carácter abusivo de una cláusula contractual, dado que esta competencia es de los tribunales de Justicia.

El organismo gobernado por Luis María Linde también le transmitió que excede de su competencia "la previsión de cualquier tipo de acción general para evitar procedimientos judiciales".

Tras obtener estas respuestas, el Defensor del Pueblo solicitó información a la Secretaría de Estado sobre si hay previsión de llevar a cabo alguna acción general para evitar juicios.

En cuanto a la nulidad de las cláusulas, la autoridad indicó que "corresponde únicamente a los jueces y tribunales tras la realización de un análisis individualizado de cada contrato".

Tras obtener estas respuestas, el Defensor del Pueblo "deduce que no hay previsión por la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa de crear ningún tipo de acción general para evitar los procedimientos judiciales en relación con las cláusulas que imponen al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario", apunta.

Precisamente, este lunes el Tribunal Supremo ha hecho públicas las dos sentencias cuyos fallos dio a conocer el pasado 28 de febrero y que sientan jurisprudencia respecto a los gastos hipotecarios.

El alto tribunal considera que, en la constitución de un préstamo hipotecario, el sujeto pasivo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) es el prestatario, es decir, el cliente, por lo que debe ser él el que se haga cargo de este gasto.

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