• El Derecho Internacional establece que "todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación", bajo determinados supuestos
  • La división de entendimiento, en el caso de Cataluña, radica en la forma de entender qué puede ser considerado 'pueblo' y, por tanto, tiene derecho a la autodeterminación
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Presentación de las urnas para el referéndum del 1-O este viernes.EUROPA PRESS

Este domingo 1 de octubre es la fecha señalada por el gobierno de Carles Puigdemont para realizar el referéndum independentista. En las últimas semanas, la tensión entre el Gobierno central y el ejecutivo catalán ha ido en aumento, ya que el Govern y, sobre todo, su presidente insisten en que se llevará a cabo a pesar de que el Tribunal Constitucional lo haya prohibido. Su principal argumento es el derecho de autodeterminación que consideran que tiene la ciudadanía de Cataluña.

Por ejemplo, Puigdemont defendió la pasada semana en The Washington Post que los catalanes tienen este domingo "la oportunidad de ejercer el derecho a la autodeterminación". Pero, ¿en qué consiste realmente ese derecho?

El origen de la autodeterminación se encuentra en el Derecho Internacional. En primer lugar, está la resolución 1514, del 14 de diciembre de 1960, de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Es considerada como la 'Carta Magna de la Descolonización' y en ella se contempla por primera vez que "todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación". "En virtud de este", añade, "(los pueblos) determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural". Eso sí, también habla dicho texto de "territorios en fideicomiso y no autónomos" y aquellos que no habían logrado entonces “su independencia” con respecto los Estados que los habían colonizado.

Casi seis años después, en la resolución 2200, con la que se abrió el proceso para la aprobación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se recoge con la misma literalidad que la mencionada anteriormente el derecho de autodeterminación de "todos los pueblos". Y, por último, también es importante para entender este derecho la resolución 2625 de la Asamblea General de la ONU de 1960. En este caso, se afirma, en la misma línea, que "todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de proseguir su desarrollo económico, social y cultural", así como que "todo Estado tiene el deber de respetar este derecho".

CONTEXTO "DIFERENTE" AL DE CATALUÑA

Con estas premisas fue con las que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación elaboró en 2014 el informe Sobre la eventual Declaración de Independencia de Cataluña y el Derecho Internacional. En él, el Ejecutivo central asegura que el derecho de autodeterminación está reconocido a los Estados y territorios no autónomos, y los fideicomisos, un sistema de administración bajo la Asamblea General de la ONU, que se estableció en la Carta de Naciones Unidas, para ciertos territorios que formaban parte de un Estado soberano.

Ministerio de Asuntos Exteriores: "la libre determinación de los pueblos es principio aplicable a un contexto bien diferente al que concurre en el caso de Cataluña”

Así, el Gobierno español afirma en el estudio que "el derecho de separación como plasmación del principio de libre determinación de los pueblos tan sólo cabe en supuestos de situación colonial, pueblos anexionados por conquista, dominación extranjera u ocupación y pueblos oprimidos por violación masiva y flagrante de sus derechos". "Por tanto, la libre determinación de los pueblos es principio aplicable a un contexto bien diferente al que concurre en el caso de Cataluña", concluye el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Se podría decir que esta es la opinión mayoritaria tanto en el ámbito jurídico como en el político. Ángel José Sánchez Navarro, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), indica a Bolsamanía que el derecho de autodeterminación es el de "las antiguas colonias" para dejar de serlo. "Autodeterminación es decisión", añade, y declara que es un "derecho bastante etéreo".

DOS PLANOS: NACIONAL E INTERNACIONAL

El catedrático de la UCM hace especial hincapié en que la libre determinación muestra dos planos distintos. Por un lado, el ya visto, el internacional, en el que su "supuesto clásico" es el "caso de las colonias", según explica.

En cambio, en el plano nacional, Sánchez Navarro indica que actualmente no se reconoce en ninguna Constitución y que, por tanto, es "completamente excepcional". Esto se debe a que cuando un país se dota de una Carta Fundamental, "normalmente se piensa en cómo va a funcionar una comunidad", no en cómo se va a "romper". Por ello, en su opinión, el concepto 'pueblo' tiene distintos usos, según se plasme en el Derecho Internacional o en el nacional.

En cambio, aquí es donde nace el debate del que surge la convocatoria e intención de celebrar el referéndum independentista del 1-O: hay voces que defienden que Cataluña puede ser considerado como un pueblo desde la perspectiva de las leyes internacionales y, por tanto, su ciudadanía tiene derecho a la libre determinación de su situación política.

LA OTRA VISIÓN: CATALUÑA COMO PUEBLO

Uno de los defensores de esta postura es Josep Costa, profesor asociado de Teoría Política en la Universidad Pompeu Fabra (UPF). El pasado mes de abril publicó un artículo para Diplocat, consorcio público-privado entre cuyos cometidos está divulgar a nivel internacional la evolución del proceso soberanista, en el que concluía que "Cataluña podría apelar legítimamente al derecho de autodeterminación para declarar la independencia", ya que "su condición política le es impuesta y no puede desarrollarse libremente en España".

Costa asegura a este medio que "en el siglo XXI, cada vez más, el derecho de autodeterminación se entiende como un derecho de fuerza democrática". Y matiza que "la autodeterminación no es sinónimo de independencia, sino es sinónimo de capacidad de decidir tu gobierno". Y, en su opinión, "no se puede negar que en España existen otros pueblos" que también tienen el derecho de determinar de manera libre su organización política.

El profesor de la UPF argumenta en su artículo titulado ¿Tiene Cataluña derecho de autodeterminación? que la comunidad sí se puede considerar ‘pueblo’, según el sentido del Derecho Internacional, porque, por un lado, "no hay una definición jurídica de lo que es un pueblo". Pero va más allá: "No hay nadie para decidir objetivamente quién lo es y quién no lo es". "Con lo cual, la cualidad de pueblo debe tener una flexibilidad por definición", concluye.

Josep Costa: "Si, por ejemplo, los catalanes consideran que son un pueblo, ¿quién se lo va a negar?"

"Si, por ejemplo, los catalanes consideran que son un pueblo, ¿quién se lo va a negar?", pregunta durante su entrevista a Bolsamanía, afirmando así que no existe ninguna autoridad independiente a escala internacional que tenga competencia para dictaminar qué sociedades tienen derecho de autodeterminación o no. Y, según opina Josep Costa, "no está prohibido que alguien se considere un pueblo y formule una demanda de autodeterminación". "Y, en su caso, si tiene el apoyo, constituirse en un estado independiente", añade.

Asimismo, en el texto que publicó hace cinco meses argumenta que el Derecho Internacional habla de "todos los pueblos" cuando reconoce la autodeterminación, y la Constitución Española habla también de "los pueblos de España", equiparando así ambos conceptos de ‘pueblo’. Algo que, en opinión del Ángel Sánchez Navarro, es "mezclar registros" y supone "utilizar las palabras de manera tramposa".

“PUEBLO SIN ESTADO”

Toda la línea de pensamiento del profesor Costa, al igual que la de aquellos que han convocado y defienden el referéndum del 1-O, se basa en que no hay problema en que Cataluña reivindique su derecho de autodeterminación, ya que el Derecho Internacional lo adjudica a los pueblos sin estado.

Cataluña tiene actualmente un poder ejecutivo regional propio, así como una cámara legislativa. Sin embargo, el profesor Costa defiende en declaraciones a este medio que sigue siendo un pueblo sin estado "porque así lo sienten y lo afirman la mayoría de catalanes". "(El gobierno catalán) no es un Estado soberano", añade.

Además, respecto las instituciones del Estado central, declara que los catalanes están en "una posición de marginación". "No es normal que durante 300 años no haya habido ningún catalán que haya llegado a presidente del Gobierno o a jefe del Estado", afirma. Una visión totalmente contraria expone el catedrático de la UCM Sánchez Navarro, quien defiende que Cataluña participa como el resto de los españoles en las decisiones de formación del Gobierno nacional.

Eso sí, Costa abre una pequeña puerta a la posibilidad de que Cataluña se sintiera, en su opinión, más representada como pueblo en el Estado español: que este fuera un estado federal. Pero cuestiona que el planteamiento que, por ejemplo, el PSOE ha mostrado en este sentido, sea realmente un modelo de este tipo de Estado.

¿HASTA DÓNDE LLEGARÍA LA AUTODETERMINACIÓN DEL PUEBLO CATALÁN?

Por todo ello, Josep Costa cree que el referéndum convocado para este domingo es perfectamente legítimo, totalmente al contrario de lo que se defiende desde las instituciones estatales. Y va más allá: el derecho de autodeterminación que defiende que tiene Cataluña abarcaría una declaración unilateral de independencia. Hasta el momento, Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat, ha declarado en varias ocasiones que esa opción "no está encima de la mesa" por ahora.

Para Sánchez Navarro, por su parte, "está todo clarísimo": la única vía legítima y legal para que Cataluña tuviera derecho de autodeterminación sería una reforma de la Constitución. Para ello, son necesarias ciertas mayorías en el Parlamento nacional, lo que obligaría a un consenso. Y todo ello viene estipulado en los artículos 167 y 168 de la Carta Magna.

De esta manera, las posturas entre ‘ambos bandos’, ejemplificadas en estos dos profesores universitarios, están totalmente enfrentadas por una simple razón: la división de opiniones en la condición de Cataluña como pueblo. Eso sí, coinciden en una cosa: una reforma de la Constitución es la solución legal e idónea en la teoría, pero en la práctica bastante complicada. Por tanto, la incertidumbre sobre qué sucederá a partir de este domingo y cuál será la solución al conflicto aún puede seguir aumentando.

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