• "El tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj", apunta el organismo
  • RTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses
RTVE 620

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 203.508 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones, según ha dado a conocer este miércoles 7 de diciembre el organismo.

En este sentido, la Comisión ha recordado que el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), establece que "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial".

La Comisión ha recordado que el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual

La CNMC ha precisado asimismo que las infracciones detectadas en RTVE tuvieron lugar en marzo de 2016 en La 1 y La 2; y ha agregado que, contra esta decisión, RTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

NUEVA SANCIÓN

El mismo organismo sancionó el pasado 13 de octubre con un total de 154.477 euros a RTVE por publicidad encubierta de productos o servicios relacionados con la salud en el programa 'La Mañana', que emite en La 1 de TVE.

En concreto, el expediente se refería al programa emitido el 18 de febrero del pasado año 2015, donde se difundió, como sección propia, el espacio 'Saber vivir" que trató el problema de la miopía, hipermetropía y astigmatismo, participando como invitado un oftalmólogo que trabaja en una conocida clínica oftalmológica.

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