• "No responde a la calificación de 'servicio de la Sociedad de la Información', sino a la de 'servicio en el ámbito de los transportes'", según el TJUE
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este miércoles que la plataforma estadounidense Uber es una empresa de transportes y como tal debe estar sometida a los mismos requisitos y exigencias, incluyendo licencias, que cualquier compañía de taxis.

"El Tribunal de Justicia estima que debe considerarse que este servicio de intermediación forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte y, por lo tanto, que no responde a la calificación de 'servicio de la Sociedad de la Información', sino a la de 'servicio en el ámbito de los transportes'", según indica el TJUE en un comunicado de prensa.

La sala europea considera que la aplicación que proporciona Uber para poner en contacto a las dos partes es "indispensable" tanto para los conductores como para los usuarios que demandan el desplazamiento y, además, ejerce una "influencia decisiva" sobre las condiciones de las prestaciones. La plataforma que hace de intermediaria "crea una oferta de servicios de transporte urbano", que hace accesible mediante herramientas informáticas y que organiza en favor de las personas que deseen recurrir a esta oferta.

La Comisión Europea (CE) ha destacado la claridad de esta sentencia. "Damos la bienvenida a la decisión aclaratoria del TUE que es muy claro sobre cómo definir, bajo la legislación de la UE, los servicios prestados por uberPOP", declaró a Europa Press, Lucía Caudet, portavoz de Mercado Interior de la UE. En este sentido, Caudet señaló que la decisión afecta de manera específica al modelo de negocio de uberPOP en el mercado español, donde proporciona servicios de transporte mediante conductores no profesionales, clarificando que el componente principal de estos servicios debería considerarse como servicio de transporte.

De este modo, el Tribunal refrenda las conclusiones del abogado general de la institución, Maciej Szpunar. El pasado mes de mayo, un abogado general del TUE apuntó en sus conclusiones sobre el caso que a pesar de ser un "concepto innovador", la plataforma digital pertenece al ámbito del transporte. Así, concluyó que "no se beneficia del principio de libre prestación de servicios" que la normas comunitarias garantizan al campo de la Sociedad de la Información y recomendó al Tribunal que sea considerado un servicio de transporte.

Entre las claves de la posición del abogado destacó que Uber controle los elementos económicos relevantes en el servicio de transporte urbano, desde los criterios que se imponen a los conductores, hasta la política de precios, pasando por compensaciones a los conductores que hagan más carreras o admitan más flexibilidad en sus tarifas. Además descartó que Uber ofrezca un servicio de vehículo compartido, porque son los pasajeros los que deciden el destino y los conductores cobran un importe que "excede ampliamente" el mero rembolso de los gastos.

UBER DICE QUE NO AFECTARÁ A SU ACTIVIDAD

El tribunal con sede en Luxemburgo ha examinado el litigio que enfrenta a Uber en los juzgados de Barcelona con la Asociación Profesional Elite Taxi, que agrupa al gremio de taxistas en la Ciudad Condal y acusa a la marca norteamericana de competencia desleal por su servicio 'UberPop'.

Desde la compañía norteamericana, sin embargo, consideran que la decisión de la Justicia europea "no cambia nada en la operativa" de Uber en la mayoría de los países de la Unión Europea, según ha indicado un portavoz tras conocer el fallo. La misma fuente ha añadido que Uber continuará dialogando con países y ciudades "en toda Europa" porque "conviene regular servicios" como los que ofrece la plataforma y a cuya aplicación online no pueden acceder "millones de europeos".

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