• Los Estados miembros deben disponer de sanciones "efectivas, proporcionadas y disuasorias", ha dicho la CE
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La Comisión Europea (CE) ha abierto este jueves un procedimiento contra España, Alemania, Grecia, República Checa, Lituania, Luxemburgo y Reino Unido por no haber puesto en marcha "un sistema de sanciones para evitar que los fabricantes de automóviles violen la legislación de emisiones o por no aplicarlas cuando se ha producido un quebrantamiento de la ley".

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De cara al futuro, la Comisión Europea ha presentado propuestas para introducir una mayor supervisión europea y un sistema de aprobación más sólido. "Esperamos que el Parlamento Europeo y el Consejo lleguen a un acuerdo rápidamente", ha explicado la comisaria Elzbieta Bienkowska, responsable de Mercado Interno, Industria y Pymes de la UE.

Los Estados miembros deben disponer de sanciones "efectivas, proporcionadas y disuasorias para disuadir a los fabricantes de automóviles de infringir la legislación", ha explicado la Comisión Europea

Las Comisión Europea ha explicado que, de conformidad con el artículo 46 de la Directiva 2007/46 y, en particular, con el artículo 13 del Reglamento (CE) 715/2007, que es directamente aplicable, los Estados miembros deben disponer de sanciones "efectivas, proporcionadas y disuasorias para disuadir a los fabricantes de automóviles de infringir la legislación". En caso de que se produzca tal incumplimiento de la ley, por ejemplo mediante el uso de dispositivos de anulación para reducir la eficacia de los sistemas de control de emisiones, estas sanciones deben aplicarse, ha añadido.

En la actualidad, la Comisión ha remitido cartas de emplazamiento a la República Checa, Grecia y Lituania porque no han introducido tales sistemas de sanciones en su legislación nacional. La Comisión también ha abierto infracciones contra Alemania, Luxemburgo, España y el Reino Unido -los Estados miembros que emitieron homologaciones para el Grupo Volkswagen en la UE- por no aplicar sus disposiciones nacionales en materia de sanciones pese a que la empresa utilizó un software ilegal.

Además, la Comisión considera que Alemania y el Reino Unido infringieron la ley al negarse a revelar, cuando así lo solicitó la Comisión, toda la información técnica recogida en sus investigaciones nacionales sobre las posibles irregularidades de las emisiones de óxidos de nitrógeno en los automóviles de Volkswagen Group y otros fabricantes de automóviles en sus territorios.

Un escrito de requerimiento es un primer paso en un procedimiento de infracción y constituye una solicitud oficial de información. Los Estados miembros tienen ahora dos meses para responder a los argumentos presentados por la Comisión; En caso contrario, la Comisión podrá decidir enviar un dictamen motivado.

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