• La CNMV ya advirtió tras un ejercicio de 'cliente misterioso' de malas prácticas en la venta de productos de inversión
  • El regulador ha publicado una guía técnica y ha establecido un periodo hasta el 10 de mayo para recibir comentarios
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Los reguladores han puesto el foco en la venta de productos de inversión. Las empresas de servicios de inversión, especialmente la banca, debe establecer un proceso de formación y certificación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora a los clientes.

La industria, además, tendrá que trabajar a contrarreloj. Hace ya un año que el regulador europeo (ESMA, por sus siglas en inglés) estableció unas directrices que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) incorporará en la guía técnica definitiva, aunque por ahora ha publicado un borrador y ha dado hasta el 10 de mayo para recibir comentarios.

La banca ya ha vivido episodios de procesos de demandas y daño reputacional por la venta de productos complejos como las preferentes o por información poco nítida en los contratos como las cláusulas suelo. Con la venta de productos de inversión, el organismo presidido por Sebastián Albella ya advirtió en marzo de mala praxis, ya que tras un ejercicio de ‘cliente misterioso’ en las sucursales concluyó que había “debilidades” en el proceso por falta de información sobre costes y riesgos o por asesoramiento sin que el cliente lo perciba. “Puso de manifiesto que hay mucho asesoramiento encubierto. La banca actualmente reporta que sólo el 9% o 10% de la plantilla asesora”, señala Sergio Míguez, director de Relaciones Institucionales de EFPA.

La CNMV puso de manifiesto que hay mucho asesoramiento encubierto. La banca actualmente reporta que sólo el 9% o 10% de la plantilla asesora

La normativa MiFID II, que entrará en vigor en enero de 2018, se centra en la regulación de los mercados financieros y en la protección del inversor. La normativa europea está pendiente de su transposición por parte del Ministerio de Economía y Competitividad, con la ayuda de la CNMV, que ya ha dado a conocer algunas exigencias como, por ejemplo, sobre la formación y la certificación de los empleados.

RIESGOS DE NO CUMPLIR

En este caso, se establece que los trabajadores de sociedades de inversión que informen o asesoren sobre productos de inversión deberán tener una certificación para ello. La banca podrá optar por un modelo externo o interno para ello, en cuyo caso la responsabilidad recae sobre el consejo de administración. “Si no hay formación o certificación, o no es adecuada, habrá base para reclamar en el futuro. La banca se enfrentaría con esta vía a potenciales demandas”, explica Fernando Zunzunegui, coordinación de regulación de EFPA España.

EFPA es parte interesada en el proceso, ya que está especializada en la formación y homologación de asesores financieros. En este caso, que el 'lobby' bancario haya conseguido cierto grado de flexibilidad por parte de la CNMV, “es entendible para que haya una continuidad en el servicio”, señala Míguez.

"La directiva europea se enfoca en contenidos y deja al margen la certificación. Lo que pedimos es esta flexibilidad que viene de ESMA", señala José Luis Martínez Campuzano, portavoz de la Asociación Española de Banca (AEB). En esta línea, prosigue, aboga por que "sean las propias entidades las que decidan si la formación de los contenidos obligatorios es interna o externa. Los bancos son los primeros interesados en dar la mejor formación a sus empleados, considerándolos su mejor activo", agrega.

EXIGENCIAS DE FORMACIÓN CONTINUA

Los profesionales que informen o asesoren y que no están homologados para ello deberán recibir clases teóricas y prácticas (mínimo de 80 horas para el personal que informe y 150 para el que asesore), ser evaluados de forma independiente al paso anterior y recibir certificación. Las tres exigencias se pueden realizar interna o externamente, con una renovación anual que exigirá 20 horas para los que sólo informan y 30 horas para los que asesoran al cliente sobre los productos de inversión que ofrece la entidad. También se pide seis meses de experiencia.

En EFPA explican que casi la totalidad de asesores de las bancas privadas, y que las exigencias van a ser proporcionales. “No se va a pedir lo mismo a una EAFI que a un gran banco”, señalan como ejemplo. “El modelo es flexible, pero la clave es que los estándares son muy rígidos sobre formación y experiencia. En caso de no cumplirse, puede haber consecuencias reputacionales y legales”, insiste Zunzunegui. Hay que tener en cuenta, además, que la banca acapara casi el 70% de la distribución de fondos en España y que las tres mayores gestoras (CaixaBank, Santander y BBVA) acaparan cerca del 50% del patrimonio de más de 240.000 millones en fondos españoles.

Estos expertos reconocen que la tensión está siendo alta sobre parte de las plantillas de la banca tradicional, pero refuerzan que MiFID II pone el foco en proteger al cliente. Un licenciado en Economía o en otra licenciatura similar, por ejemplo, no tendrá la certificación sin una formación extra a no ser que el decano de su universidad lo certifique. La CNMV establece que la acreditación de conocimientos tendrá tres vías: título o certificación incluido en la lista que elaborará el propio regulador; certificación externa quedando bajo la responsabilidad de la entidad comprobar la equivalencia; certificación interna bajo la responsabilidad de la entidad.

Los trabajadores que no cumplan los requisitos no podrán prestar servicios de información o asesoramiento sobre inversores, “salvo supervisión directa de un empleado que sí los tenga. Esta circunstancia no podrá prolongarse por un periodo superior a cuatro años”, explica la guía técnica de la CNMV, que da así este periodo como transición máxima.

En este sentido, el regulador asegura que supervisará el cumplimiento de las exigencias. La CNMV recibirá comentarios hasta el 10 de mayo. EFPA señala que pese a su satisfacción con la guía, enviará “matices técnicos”.

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