• Amortizar en su totalidad las inversiones realizadas este ejercicio siempre que su valor unitario no exceda de 601,01 euro
  • Incentivo fiscal para las empresas que contraten nuevos trabajadores de forma indefinida
  • Su sucesión empresarial puede disfrutar de una bonificación del 95%
emprendedores, idea, empleo

La continua incertidumbre política, los caprichos del mercado, los mandatos europeos, la desconfianza en un futuro que aparenta no tener salida… todo parece confluir en un objetivo bien definido: cada vez nos cueste más conservar nuestro dinero. Y que ese dinero valga un poco menos cada día.

La situación no es buena para nadie -salvo las habituales excepciones-, pero es especialmente complicada para dos colectivos muy concretos, que constituyen además el principal tejido productivo de nuestro país: las pymes y los autónomos. OPTIMA Financial Planners propone diez soluciones para ellos:

1. Préstamos participativos: un programa de financiación gubernamental a través de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA). El interés a pagar dependerá de la evolución de la actividad de la empresa: beneficio neto, volumen de negocio o cualquier otro elemento.

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Comprobar periódicamente la evolución del precio del petróleo, para poder contrarrestar el gasto derivado de las subidas

2. La globalización puede generar muchas oportunidades: facilidades en las exportaciones y otras modalidades de internacionalización de las empresas, incluida la producción en el exterior.

3. Alianzas entre empresas para dividir gastos o incluso compartir clientes.

4. El auge de Internet y las redes sociales, un mundo de posibilidades para interactuar con los clientes, explorar nuevas vías de negocio y crear nuevas necesidades.

5. Comprobar periódicamente la evolución del precio del petróleo, para poder contrarrestar el gasto derivado de las subidas planificando nuestra actividad.

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6. Cambio de actividad, de profesional a empresarial (siempre que sea posible). Así, las facturas se emitirán sin retención, sólo por la base imponible más el IVA.

Crear una sociedad limitada, para evitar la aplicación de las retenciones

7. Crear una sociedad limitada, para evitar la aplicación de las retenciones. Debe analizarse con detenimiento porque comporta un mayor control de la actividad.

8. Ejercicio de la actividad profesional en la vivienda particular. Podrán deducirse proporcionalmente los gastos de comunidad de propietarios, IBI, póliza de seguro, etc.

9. Su sucesión empresarial puede disfrutar de una bonificación del 95% (con determinados matices, y siempre que cumpla con los requisitos que la Ley exige).

10. En cuanto a las pensiones es recomendable, por ejemplo, cotizar por los ingresos reales, realizar aportaciones a planes de previsión asegurados, abrir un plan de pensiones, cotización por incapacidad y cese de actividad…

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RECOMENDACIONES EN MATERIA DE IMPUESTOS

- Deducir como gasto las primas de seguro de enfermedad (en los autónomos), para su propia cobertura y la de su cónyuge e hijos menores, con un límite de 500 euros.

- Amortizar en su totalidad las inversiones realizadas este ejercicio siempre que su valor unitario no exceda de 601,01 euros hasta el límite anual máximo de 12.020,24 euros.

Amortizar en su totalidad las inversiones realizadas este ejercicio siempre que su valor unitario no exceda de 601,01 euros

- Aprovechar la libertad de amortización del resto de inversiones materiales nuevas adquiridas este ejercicio.

- Revisar que se han registrado todos los gastos (hay algunos que suelen olvidarse, como intereses y comisiones bancarias, pérdidas por robos o accidentes, seguros etc.).

- Las subvenciones para la actividad se han de registrar como ingresos del ejercicio; pero si se han concedido para hacer inversiones solo se debería registrar como ingreso del año el mismo porcentaje en que se amortiza.

- Capitalización del desempleo en la modalidad de pago único: el importe cobrado no se debe declarar como ingreso puesto que está exento hasta una cierta cantidad.

- Incentivo fiscal para las empresas que contraten nuevos trabajadores de forma indefinida. Si el trabajador es menor de 30 años, la empresa disfrutará de una deducción.

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