• Los problemas surgen cuando no se tiene ese dato o se ha perdido
  • Esto es lo que hay que hacer en esos casos
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La campaña de la Renta 2016 está a punto de comenzar, y todavía son muchas las dudas que asaltan a los contribuyentes. En esta ocasión damos todas las claves para saber cómo recuperar la casilla de la declaración cuyo dato exige la Agencia Tributaria para dar acceso al borrador. El año pasado era la 415, aunque este año deberemos recuperar el dato de la casilla 490. Esto es lo que tienes que hacer cuando no tienes esa cifra o la has perdido.

¿Qué hacer si lo hemos perdido este dato o no encontramos la declaración de la renta del año pasado?

Esta casilla es de vital importancia, ya que es uno de los datos que permiten el acceso al borrador. La Agencia Tributaria da dos formas de hacerlo: por un lado, manda a los contribuyentes por SMS un número de referencia que permite consultar y modificar el borrador en la web, pero también se puede lograr a través del REN0, una vía que exige el DNI, el primer apellido y el importe de la mencionada casilla. ¿Qué hacer si lo hemos perdido o no encontramos la declaración de la renta del año pasado?¿Y si el año pasado no hicimos la declaración?

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Estas son las preguntas más comunes que surgen en torno a esta casilla, según recoge Help My Cash, y a las que damos respuesta a continuación:

1 -¿Dónde encuentro los datos de la casilla?

Los podemos encontrar en la declaración del año pasado, es decir, la correspondiente a 2014.Tal y como indican en la página web de la Agencia Tributaria:

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-En el caso de que hubiésemos presentado la declaración en versión ordinaria, la casilla 490 aparece en el apartado H de la página 12, que recoge la 'Base liquidable general y base liquidable del ahorro'. Estas son las que determinan el acceso a deducciones autonómicas como las de guardería, gastos escolares o alquiler de vivienda, por poner tres ejemplos.

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-Si presentamos el borrador, la encontraremos en el mismo apartado. En este caso las casillas están distribuidas por orden creciente, así que no habrá ninguna dificultad para encontrarla.

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2- Si el dato era '0'... ¿qué debemos poner?

Si el valor de la casilla era '0' en nuestra última declaración, a la hora de solicitar el número de referencia mediante el sistema REN0 tendremos que marcar la casilla 'no declarante' y dejar en blanco el campo relativo a la casilla en cuestión, como si no se hubiese hecho la declaración el año pasado.

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Hay que tener en cuenta que en este caso tendremos que introducir el código IBAN de una cuenta de la que seamos titulares para conseguir el número de referencia necesario para acceder al borrador de la declaración de la renta. Este es el mismo procedimiento que deben seguir quienes no realizaron la declaración el pasado ejercicio y quieren acceder al borrador.

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3- ¿Y si nos da un error al introducir los datos?

Si en el formulario de solicitud del número de referencia aparece un error al introducir los datos de la casilla 490, puede haber dos causas:

-Que se estén introduciendo los datos de forma incorrecta. Por ejemplo, podemos estar metiendo el dato de un borrador que finalmente modificamos. Hay que poner el de la declaración definitiva del pasado ejercicio.

-Que no se estén introduciendo los números de forma correcta. Se deben teclear los números enteros en la parte izquierda y los números decimales en la derecha, sin comas ni puntos para marcar la separación con los decimales (el propio formulario ya lo incorpora).

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4- Si no tenemos los datos de la casilla, entonces...

Hay que poner el dato de la declaración definitiva del pasado ejercicio

Si no tenemos los datos relativos a la casilla que exige Hacienda, no podremos solicitar el número de referencia que nos permita consultar el borrador. No obstante, hay dos opciones para lograrlo vía Internet y evitar así tener que acudir a una oficina de la Agencia Tributaria:

-Utilizar un certificado o DNI digital.

-Utilizar el sistema Cl@ve PIN, que permite, mediante una clave escogida por nosotros y un PIN recibido por SMS, acceder al borrador. Para utilizar el servicio Cl@ve PIN es necesario registrarse previamente, ya sea en una oficina de forma presencial, utilizando una firma digital o, si se quieren evitar desplazamientos y no se dispone de firma digital, utilizando un código seguro de verificación (CSV).

-Ten en cuenta que el código Cl@vePIN24H tiene una caducidad de entre 2 y 26 horas.

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