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Deudores Concursados

El número de deudores concursados alcanzó a cierre de marzo la cifra de 1.457 procedimientos, una disminución del 1,3% respecto al mismo periodo del año anterior. Por tipo de concurso, 1.371 de ellos fueron voluntarios (+0,5%) y 86 necesarios (-23,2%). Atendiendo a la clase de procedimiento, los ordinarios disminuyeron un 6,6% y los abreviados un 0,5%.

En términos intertrimestrales, el número de deudores concursados fue un 5,6% mayor que el publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a cierre del pasado ejercicio.

De los 1.457 deudores concursados, 1.066 de ellos fueron empresas y 391, familias en quiebra. El 73,2% y 26,8% respectivamente del total de deudores. El número de empresas concursadas disminuyó un 3,4% en el primer trimestre de 2018 respecto al mismo periodo del ejercicio anterior, con el 38,7% de ellas encontrándose en el tramo más bajo de volumen de negocio (hasta 250.000 euros), principalmente Sociedades de Responsabilidad Limitada.

El 22,3% de las empresas concursadas se dedicaban al Comercio, mientras que el 15,2% desarrollaban su actividad en Construcción. En cuanto al número de asalariados, el 56,3% del total de las empresas concursadas tenía al menos seis, y el 30,5% carecía de asalariados.

Tomando como referencia el total de empresas existentes en cada actividad, el 0,06% de las empresas de Industria y Energía inició un procedimiento concursal en el primer trimestre, frente al 0,006% de las empresas de Agricultura y Pesca, el valor más bajo. Por tramo de asalariados, el 0,18% de las empresas de entre 20 y 49 asalariados inició un proceso concursal, frente al 0,01% de las empresas sin asalariados.

ASPAC ALERTA DE QUE EL 30% DE ESTOS CONCURSOS SON EMPRESAS 'ZOMBIS'

La Asociación Profesional de Administraciones Concursales (ASPAC) ha recalcado que en 437, de las 1.457 declaraciones de concurso ocurridas en el primer trimestre, no habrían intervenido administradores concursales. La Asociación ha querido matizar que, cuando el INE se refiere al total de deudores concursales, "no se puede entender que en todos esos procedimientos sea nombrado un administrador. Se trata de declaraciones de concurso, pero debido a que es cada vez más habitual que los Juzgados de lo Mercantil declaren y concluyan en el mismo auto un procedimiento concursal sin nombrar administrador, las cifras no coinciden", reza su comunicado.

"Como el objetivo del procedimiento concursal es la tramtación del mismo para, o bien lograr un convenio, o liquidar la empresa de manera eficiente, velando por el interés de todos los acreedores, si la empresa llega al concurso sin activo es una señal de que el procedimiento no es percibido por los empresarios como un medio para ello. ASPAC tiene entre sus objetivos lograr que el concurso sea un medio para lograr “salvar” empresas o unidades productivas viables o liquidar eficientemente las no viables y que el administrador concursal sea el profesional idóneo que lo permita", añade.

Además, la Asociación asegura que "que el número de administradores concursales que existen en España es excesivo para los concursos en los que finalmente se nombra un profesional de la administración concursal", lo que "impide una especialización y un funcionamiento correcto de la profesión".

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