• Los jubilados en 2015 tienen su última oportunidad para rescatar el dinero aportado en planes antes de 2006 con un descuento del 40% en la carga fiscal
  • La compensación de plusvalías y minusvalías es otro elemento clave para actualizar las carteras
cristobal montoro interviene congreso
Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Función Pública

Cuenta atrás para que se acabe el mes de diciembre. Y con ello, la última oportunidad para mover las carteras de cara a la declaración de la renta 2017, ya que la fiscalidad es un elemento clave en la rentabilidad neta que consiguen los inversores.

“La planificación financiera-fiscal es muy importante”, recuerda José María Luna, director de análisis y estrategia de Profim Grupo Arquia. “Todo el mundo se concentra en dónde y cómo invertir y se preocupa menos por la fiscalidad, salvo con las aportaciones a planes de pensiones en el final del año. Pero no se puede hacer una planificación adecuada sin tener en cuenta la presión fiscal”, añade.

No obstante, el experto coincide con otros asesores al señalar que la fiscalidad no debe condicionar las inversiones. “Lo importante es tener una cartera de inversiones eficiente a largo plazo, aunque hay que tener en cuenta varios aspectos para reducir el pago de impuestos”, sostiene Fernando Estévez, director de planificación patrimonial y secretario general de Diaphanum.

Entre las cuestiones que se deben tener en cuenta destacan dos. La primera está relacionada con las ventajas y desventajas fiscales de los planes de pensiones. Y la segunda es la posibilidad que permite Hacienda de compensar plusvalías con minusvalías. Esto es, reducir el pago impositivo por las ganancias de las inversiones cuando el inversor también ha sufrido pérdidas.

Lo importante es tener una cartera de inversiones eficiente a largo plazo, aunque hay que tener en cuenta varios aspectos para reducir el pago de impuestos

¿INVERTIR EN PLANES POR SU FISCALIDAD?

El grueso de las aportaciones a los planes de pensiones se concentra todos los años en el tramo final, ante el llamamiento de la oferta comercial de la gran banca y la posibilidad de tomar decisiones de ahorro de última hora para reducir la carga fiscal del ejercicio. En concreto, los planes de pensiones tienen la ventaja fiscal de poder deducir las aportaciones en hasta 8.000 euros sobre la base imponible y con un máximo del 30%.

Esta es la parte positiva de los planes de pensiones frente a otros productos como los fondos de inversión, las acciones o los bonos. La parte negativa llega en el rescate. Mientras que el dinero aportado y las rentabilidades obtenidas con los planes de pensiones se tributa al tipo marginal correspondiente del IRPF, que puede llegar a a una horquilla máxima de entre el 43,5% de la Comunidad de Madrid y el 52% de Navarra, las ganancias del resto de productos tributan con los tramos del ahorro: 19% hasta los 6.000 euros, 21% entre los 6.000 y los 24.000 euros, y 23% a partir de los 24.000 euros.

Esto no siempre ha sido así. El ahorro en planes de pensiones puede rescatarse en forma de capital -una cantidad en el momento- como de rentas -pagos periódicos-. Las aportaciones anteriores a 2006 tienen un descuento del 40% en el rescate, lo que aligera drásticamente la factura ante la Agencia Tributaria. Cuando Hacienda revisó esta ventaja, no aplicó carácter retroactivo, de tal forma que las aportaciones anteriores a aquel año mantienen la posibilidad del descuento, con plazos predefinidos: 31 de diciembre de 2018 para una contingencia de jubilación en 2010 o antes, 2019 para las de 2011, y un año creciente hasta 2015. Desde esta fecha se suman dos años al ejercicio en el que el ahorrador se jubila. Por ejemplo, los jubilados en 2015 con planes de pensiones en los que han realizado aportaciones anteriores a 2006 tienen estas dos últimas semanas del año como última oportunidad para acogerse a este descuento.

Los expertos descartan realizar inversiones en planes de pensiones únicamente por su fiscalidad. “En general, son más interesantes los fondos de inversión”, apunta Estévez. El experto recuerda que el Ministerio de Economía ha dotado de una ventana de liquidez a los planes individuales a los diez años, lo que supone un punto nuevo a favor de estos vehículos, aunque la clave vendría precisamente desde la fiscalidad: “Los costes fiscales no incentivan el ahorro a largo plazo con este producto, sino que lo penalizan en el rescate al ir por IRPF”, critica José María Luna.

Los costes fiscales no incentivan el ahorro a largo plazo con este producto, sino que lo penalizan en el rescate al ir por IRPF

GANANCIAS Y PÉRDIDAS

La otra gran cuestión que deben tener presente los inversores es la posibilidad de aligerar la factura con Hacienda con la compensación de plusvalías y minusvalías. En esencia, los productos financieros generan plusvalías cuando el inversor obtiene ganancias con los rendimientos del capital (dividendos, incluidos los que se cobran vía acciones desde este año, o rentabilidad monetaria generada por un activo) y ganancias afloradas de patrimonio (cuando se venta con ganancias una acción, fondo de inversión, depósito o bono). Por el contrario, las minusvalías son las pérdidas sufridas por la misma razón, pero con el movimiento a la baja del activo.

Hacienda permite compensar las plusvalías con las minusvalías de los rendimientos del capital mobiliario por un lado, y de las ganancias o pérdidas patrimoniales por otro. Aunque la presión fiscal es la misma, para la Agencia Tributaria son dos compartimentos separados. En cada uno de ellos puede haber compensación, como la venta de acciones con plusvalías de Cellnex, que sube un 59% en 2017 o la venta de títulos de Técnicas Reunidas, que se desploma un 30% este año. También es válido para los accionistas del Popular que perdieron toda su inversión. La tributación es por el neto de la diferencia entre lo ganado y lo perdido, si es positiva. Entre compartimentos se puede compensar un máximo del 20% de las pérdidas, un porcentaje que se elevará hasta el 25% en 2018 para no volver a moverse.

En la declaración de la renta se suman todos los rendimientos netos: por un lado, los que van a tarifa general, como los del trabajo, capital inmobiliario o actividades económicas y, por otro, los obtenidos con el ahorro y se ajusta con las retenciones ya aplicadas en función del tipo impositivo que corresponde. Es decir, en el momento de reembolsar un fondo con ganancias patrimoniales o cobrar un dividendo, Hacienda aplica una retención del 19%. Mientras que no hay tal retención para las acciones.

Por ejemplo, si un inversor ganó 10.000 euros con acciones de Banco Santander, y cobró dividendos por un neto de 308 euros (380 euros brutos, ya que la entidad tiene una rentabilidad por dividendo cercana al 4%), la base imponible es de 10.380 euros. A esta cifra le corresponde una cuota de 2.059,8 euros, resultado de aplicar el 19% a los primeros 6.000 euros y el 21% al resto. Sin embargo, para el dividendo ya se aplicó una retención del 19%. Es decir, 72 euros que se restan a este montante para pagar en el momento de la declaración el resto, que asciende a 1.987,80 euros.

El periodo para compensar minusvalías es de cuatro años a partir del ejercicio en el que se afloran. Por ejemplo, este año es la última oportunidad para ‘recuperar’ parte de las pérdidas materializadas en 2013. “Puede compensar vender una acción o fondo con ganancias para aprovechar una pérdida pasada, ya que además no hay limitación a la venta de un valor con ganancias para volver a comprarlo después”, señala Fernando Estévez.

Tal restricción sí que existe en caso contrario. Es decir, no se puede vender un activo para materializar una pérdida y comprarlo durante los dos meses posteriores, ya que a afectos fiscales se consideraría una pérdida ficticia con la que no se reduciría la tributación de las ganancias. No obstante, hay inversores que juegan con la posibilidad de comprar un activo correlacionado, como la venta de acciones de una empresa para comprar las de un competidor. Sin embargo, sí que es posible vender con ganancias un activo para materializar las plusvalías si se quiere aprovechar una minusvalía de los últimos cuatro años, para comprar después el mismo título y mantenerlo en cartera.

“Los planes de pensiones y la compensación de ganancias y pérdidas son las dos principales cuestiones fiscales que deben tener en cuenta los inversores, aunque salvo en la Comunidad de Madrid, donde se bonifica el 100% del impuesto sobre el patrimonio, también es importante disminuir el pago de este tributo en el resto de comunidades autónomas”, apunta el experto de Diaphanum. Para ello, recomienda “generar ganancias en inversiones que se prolonguen en más de un año, si no perjudica el el coste de este impuesto”, concluye.

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