• El Estado pondrá en marcha su maquinaria en cuanto se publique en el DOGC
  • Mas debe firmar también el decreto de convocatoria
cataluña catalunya diada 2014 catalanes

La Cámara catalana se reúne este viernes 19 de septiembre en un pleno extraordinario para aprobar la ley de consultas que permitirá firmar el decreto de convocatoria de la consulta soberanista en Cataluña el próximo 9 de noviembre. En cuanto la norma se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) y Artur Mas firme el decreto, el Gobierno está preparado para poner en marcha el mecanismo para imposibilitar la votación.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy tiene a punto tanto al Consejo como a la Fiscalía del Estado para ultimar los detalles de los recursos jurídicos -uno o varios- que interpondrán ante el Tribunal Constitucional (TC). El mismo ministro de Justicia, Alberto Ruiz Galalrdón, está centrado en el caso catalán, pero tendrán que darse una cadena de acontecimientos ordenados que pasamos a detallar:

Lea también: ¿Dimitirá Gallardón si finalmente no sale adelante la Ley del Aborto?

1. Votación de la ley

La carrera arranca a las 16:30 horas, cuando empieza el pleno en el Parlament de Catalunya. Se prevé que una mayoría holgada de 107 diputados voten favorablemente (un 79% de los escaños). Darán su apoyo CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA y CUP y solo PP y C’s votarán en contra.

2. Publicación de la ley de consultas en el DOGC

Para que el Estado pueda dar algún paso, la norma tiene que aparecer en el diario oficial del Govern. Pero esto no es inmediato tras su aprobación: la ley tiene que ser corregida y revisada primero. Con toda probabilidad esto ocurrirá la semana que viene, aunque se ha especulado con la idea de que aparezaca una edición especial del DOGC el mismo viernes.

La consulta del 9 de noviembre en Cataluña se convocará la semana que viene

3. Firma del decreto de convocatoria

La aprobación de la norma no es suficiente, el president de la Generalitat debe firmar un decreto de convocatoria por el que llame a las urnas al electorado catalán a votar el próximo 9 de noviembre, en una consulta no vinculante, la doble pregunta: "¿Quiere que Catalunya sea un Estado?" y "En caso afirmativo, ¿quiere que sea un Estado independiente?"

4. Consejo de Ministros extraordinario

Si la ley de consultas aparece en el DOGC este viernes y se firma el decreto simultáneamente, se podría convocar de urgencia a los ministros este sábado mismo para autorizar la impugnación de ambas normas. Se trataría de un Consejo brevísimo, pura fórmula, pero imprescindible. Alternativamente, se puede esperar al lunes. Pero en cualquier caso, hasta que no se publique oficialmente la norma, el Estado está atado de pies y manos.

Leer más: El Gobierno puede celebrar un Consejo de Ministros extraordinario el sábado para frenar la ley de consultas

5. Suspensión automática del TC

En cuanto la impugnación del Ejecutivo llegue al tribunal, este suspenderá cautelarmente la consulta del 9-N, con lo que no se podrá celebrar. El TC tiene cinco meses para presentar una resolución pero según fuentes jurídicas consultadas, dada la inminencia del 9 de noviembre, el Constitucional será rápido en dar una respuesta.

A LA ESPERA DEL TC

A partir de aquí, los escenarios se multiplican y se podría dar el caso de que todo quedara congelado mientras se espera pacientemente a que el TC de su veredicto o bien se podría llamar a la desobediencia civil o se podría dar la convocatoria de elecciones anticipadas sin esperar al Constitucional.

De momento, el pleno del tribunal no se reunirá hasta el martes 23 de septiembre, pero el Constitucional también podría verse de urgencia.

Lea también: ¿Y ahora qué Cataluña? Tres escenarios para el futuro de la consulta soberanista

El Constitucional tiene ideas propias

En cuanto el TC se pronuncie, la opinión más extendida es que suspenda tanto la ley como el decreto de convocatoria del 9-N. No obstante, hay una variación interesante a una suspensión total: que el TC diera por buena la ley de consultas, pero dictaminara que la convocatoria de esta votación en concreto está más allá de las competencias autonómicas contempladas en el Estatut. “El Constitucional tiene ideas propias”, cuentan a Bolsamanía fuentes legales consultadas y no sería sorprendente una resolución de estas características.

En este caso, “se tendría que reformular el contenido de la pregunta” si se quisiera seguir adelante dentro del marco jurídico español, aseguran los expertos en derecho preguntados.

Si la anulación es total, la vía legal dentro de España llega a su fin y sólo se puede acudir a los tribunales internacionales, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, concretamente.

DESOBEDIENCIAL CIVIL

Margallo

La consulta debe estar dentro del marco legal

Muchas voces se han alzado llamando a sacar las urnas a la calle, diga el Estado lo que diga, desde la CUP han insistido en que se vote en cualquier caso y hasta el mismo líder de ERC, Oriol Junqueras ha dejado la pueda abierta a esta posibilidad.
Sin embargo, en el Debate de Políitica General del Parlament, se aprobó la resolución de que la consulta se celebre con “garantías democráticas”, esto quiere decir dentro del “marco legal”.

Desde la ANC, su vicepresidente, Jaume Marfany, explica a Bolsamanía que coinciden plenamente con lo acordado por los grupos parlamentarios e insiste en que “lo único que puede impedir la celebración de la consulta es que no haya la suficiente libertad ni democracia para que la gente pueda votar”.

Pero el Gobierno estaría preparado también y así lo demuestran varias declaraciones de ministros como el de Interior, Jorge Fernández Díaz, que insistió en que se usará la ley, pero quien también rebajó el tono del titular de Interior, José Manuel García-Margallo, descartando una suspensión de la autonomía.

Lea también: Margallo admite la posibilidad de suspender la autonomía catalana

Por su parte, los fiscales jefe de Cataluña y el máximo responsable de la Fiscalía, Eduardo Torres-Dulce, han celebrado una reunión para coordinar y unificar las actuaciones a desarrollar ante la consulta soberanista.

Si el president u otros altos cargos catalanes incumplieran la ley, la respuesta estaría en el Código Penal, que tipifica el delito de desobediencia de las autoridades o funcionarios. Se da el caso de antecedentes de su aplicación: fue el delito por el que se condenó al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los miembros de la Mesa de la Cámara que, en contra de lo ordenado por el Tribunal Supremo, no disolvieron el grupo parlamentario de Batasuna. A todos ellos la condena les costó la carrera política.

contador