• Consumo recomienda a los agraciados seguir unas pautas
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A pocos días del sorteo de la Lotería de Navidad, los usuarios tienen que tener presentes algunos consejos para evitar problemas a la hora de cobrar los posibles premios que arroja el Gordo. Por este motivo, el portal del consumidor de la Comunidad de Madrid ha creado un documento donde recoge siete consejos para participar de forma segura.

1. La Lotería se debe comprar en sitios autorizados y comprobando que el décimo tiene logo, códigos y elementos de verificación. Si se adquiere por Internet, hay que comprobar que la dirección empieza por https:// o que tiene un candado o una llave al pie, indicador de que cumplen con los estándares de seguridad.

2. Hay que evitar el deterioro del cupón o el décimo, ya que si presenta desperfectos, Loterías del Estado podría poner trabas si el número no sé aprecia correctamente.

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3. Hay que tener cuidado con los correos electrónicos falsos que piden datos al usuario aduciendo que ha ganado algún premio. En este caso, se trata de estafas que tratan de suplantar a los organismos oficiales con logotipos y mensajes similares, aunque pedirán el pago de costes.

4. Si un décimo resulta premiado, los agraciados podrán cobrar los premios inferiores a 2.500 euros en los puntos de venta habituales a partir del día siguiente al sorteo. Para premios iguales o superiores a esos 2.500 euros, el premiado tendrá que acudir a las entidades financieras asociadas que se encuentran detalladas en la web de Loterías y Apuestas del Estado.


5. En caso de conseguir un premio superior a 2.500 euros, se aplicará una retención del 20% del total en el momento de cobrarlo. Los bienes que se adquieran con ese dinero o los intereses que genere ese capital en el banco deben ser declarados y pagar lo correspondiente en el impuesto de la renta.

6. En cuanto a las participaciones, en caso de resultar premiado, habrá que acudir al emisor. En este caso, el agraciado no puede reclamar el cobro a la administración de lotería, de ahí la importancia de conservar el documento de participación.

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Además, hay que tener en cuenta que la cantidad total que se juega no coincide con la que se ha pagado ya que a menudo hay una parte de donación para el emisor de la participación.

7. Los premios de la Lotería de Navidad también tienen fecha de caducidad: caducan a los tres meses desde que se celebra el sorteo. La Dirección General de Consumo recuerda que todos los boletos premiados tienen un plazo de caducidad que viene indicado en el reverso. En el caso de la Lotería Nacional hay un mes como máximo para el cobro y tres meses en el caso de los premios extraordinarios de Navidad y de El Niño. Si se pasa el plazo, se perderán los derechos a recibir el premio.

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