desahucio

El Gobierno aprovechará el decreto de medidas urgentes en materia concursal para aprobar una regulación de la insolvencia familiar que proteja a las personas que se acojan a la suspensión de pagos. Esta regulación se tramita actualmente como proyecto de ley en el Parlamento.

La reforma parte de la definición del “deudor comisor” al que se le otorgan garantías legales para plantear acuerdos con quitas superiores a la mitad del pasivo acumulado y esperas de hasta 15 años a sus acreedores.

Hoy en día, los ciudadanos con una situación financiera complicada son primero deshauciados y, además, tienen la obligación de seguir pagando deudas adicionales que condicionan su vida laboral y social perpetuamente.

Esta nueva medida busca evitar el masivo endeudamiento familiar de muchos españoles que se ven en la obligación de la plena liquidación y consiguiente ruina de las personas que acuden a un proceso de suspensión de pagos.

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EL PROCEDIMIENTO

Esta regulación consiste en facilitar una negociación previa que permita al consumidor comunicar al Juzgado su voluntad de renegociar con los acreedores la deuda. Este plazo debe solicitarse durante los dos meses siguientes a la fecha en que les resulte imposible realizar los pagos.

Lo más importante de esta nueva medida será que protejerá a los deudores sin perjuicio del resultado. Según informa El Confidencial, no podrán iniciarse ejecuciones singulares, judiciales o extrajudiciales contra el patrimonio del deudor. Con sólo comunicar al Juzgado la intención de las negociaciones se suspenderán todos los procedimientos ejecutivos que estén en tramitación.

Entre algunas de las medidas que se contemplan en esta reforma, el juez nombrará un representante de las asociaciones de consumidores como asesor del deudor, tras haber declarado o desestimado la suspensión de pagos. Tampoco el “deudor comisor” podrá ver reducido en ningún caso su derecho de alimentos a menos de una tercera parte de sus ingresos.

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UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Este proyecto se plantea con la intención de salvar los bienes de primera necesidad del “deudor comisor”, y garantiza una segunda oportunidad para las personas que estén en situación de insolvencia.

En el peor de los casos, cuando no se llegue a un convenio con los acreedores, el concurso se saldará con la extinción total de las deudas, incluso la parte no pagada.

Se trata de una regulación que plantea un cambio radical para la actual normativa hipotecaria, que dejaba en clara desventaja a los consumidores frente a los acreedores.

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