Ventajas fiscales por discapacidad

discapacidadA la hora de realizar de la declaración de la renta, el propósito de cualquiera es que salga a devolver. Para ello influyen muchos factores, principalmente, las retenciones a las que se ha sido sometido durante el resto del año y las diferentes reducciones, ventajas fiscales y deducciones que podemos aplicar en nuestra renta.

Antes de entregar de manera definitiva la declaración de la Renta a la Agencia Tributaria, para conseguir el máximo ahorro, es importante asegurarse de que uno se ha beneficiado de todas las ventajas fiscales a las que puede acceder.

Para ello, no basta con conformarse con el borrador. Existen hasta 11 supuestos que Hacienda no contempla a la hora de realizar el borrador por lo que siempre es recomendable revisarlo.

Puede que haya personas que consideren que no marcará una gran diferencia realizar la Declaración de una manera o de otra o incluyendo unos u otros gastos, sin embargo, lo cierto es que estas diferencias pueden suponer diferencias de miles de euros.

Mínimo Personal y Familiar

Las reducciones se pueden realizar respecto a varias bases como la base imponible general o a la del ahorro.

En lo que se refiere a la cifra del Mínimo Personal y Familiar, se pueden conseguir reducciones por diferentes motivos. En realidad, el MPF se resta a la base liquidable por lo que, cuanto más alto sea, mejor.

El MPF para cualquier contribuyente es de 5151 euros y se le pueden sumar diferentes cifras por varias razones:

En este caso, voy a informar de las adecuaciones al Mínimo Personal y Familiar que se pueden realizar por discapacidad.

Como ya he afirmado, el MPF por contribuyente es de 5151€.

Se puede sumar este mínimo por discapacidad por la situación del contribuyente, de sus ascendientes o descendientes (estos dos últimos, siempre que estén a su cargo y generen los derechos mínimos).

  • Cuando se trata de una persona con discapacidad, se sumará al MPF 2.316€.
  • Si el contribuyente con discapacidad, además, acredita una minusvalía mayor o igual al 65%, se sumarán 7.038 euros.
  • Si además, existen gastos de asistencia, habrán de sumarse otros 2.316 euros

Estas cantidades sumadas al MPF básico, se restan a la Base Liquidable y suponen un descenso sobre la cantidad a gravar.

 

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