Tablas de IRPF en Cataluña

¿En qué comunidad hay que hacer la declaración de la renta? La pregunta, que a priori podría parecer banal, tiene su importancia desde el momento en el que los impuestos a pagar varían en función de la Comunidad Autónoma en la que se declare. Esto se debe a que tanto los tipos de IRPF como las deducción son diferentes en cada región. En este post vamos a ver las tablas de IRPF de Cataluña.

A la hora de calcular el IRPF y la cuota final que habrá que pagar en la declaración de la renta se diferencia entre la cuota estatal y la autonómica, que es distinta para cada región. De ahí que haya comunidades autónomas en las que se paguen menos impuestos que en otras. De hecho, las tablas de IRPF de las Comunidades Autónomas no coinciden en sus tramos ni en el porcentaje máximo y mínimo con el que gravan a sus contribuyentes.

A estas diferencias hay que añadir las deducciones autonómicas, que también son exclusivas de cada región y no hay en ninguna que sean exactamente igual a la otra.

Tramo Estatal

Los tipos vigentes para el IRPF 2012 dentro del tramo estatal son los siguientes:

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Tablas de IRPF en Cataluña

A este tramo estatal habrá que sumarle los tramos de IRPF de Cataluña que sólo se aplican en esta región. Y es que el gobierno autonómico tiene potestad para establecer su propia cuota para adaptarse así a las particularidades socioculturales y económicas de su territorio.

Los porcentajes de la cuota autonómica son los siguientes:
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Estos dos datos serán los que determinen el tipo máximo a pagar por los catalanes y todos los que tengan su domicilio fiscal en Cataluña y que la convierten en la autonomía con los impuestos más altos.

La siguiente infografía desglosa de forma más concreta dónde se paga más IRPF en España:

 

Deducciones autonómicas

Para tener el cuadro concreto de cuanto pagan los madrileños en la declaración de la renta sólo habrá que sumar las deducciones autónomicas a las que tienen derecho. Estas son las siguientes:

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por nacimiento o adopción de un hijo, en la declaración conjunta de los progenitores o 150 euros, en la declaración individual de cada uno de ellos.
  • Por alquiler de vivienda habitual: 10%, con el máximo de 300 o 600 euros anuales (si familia numerosa).
  • Por inversión en vivienda habitual: 7,5%, con carácter general 15%, si se trata de obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad.
  • Por rehabilitación de vivienda habitual: 1,5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo
  • Por el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y de doctorado: el importe de los intereses pagados en el período impositivo por préstamos concedidos mediante la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias e Investigación.
  • Por donativos: 15% de las cantidades donadas a entidades que tengan por finalidad el fomento de la lengua catalana, con un límite del 10% de la cuota íntegra autonómica; 25% de las cantidades donadas, con el límite máximo del 10% de la cuota íntegra autonómica, a favor de centros de investigación adscritos a universidades catalanas y los promovidos o participados por la Generalidad, que tengan por objeto el fomento de la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos.; 15% de las cantidades donadas a favor de entidades vinculadas a la ecología y a la protección y mejora del medio ambiente, con el límite máximo del 5% de la cuota íntegra autonómica.
  • Por viudedad: 150 euros para los contribuyentes que queden viudos durante el ejercicio y 300 euros si la persona contribuyente que queda viuda tiene a su cargo uno o más descendientes.
  • Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación: 30% de las cantidades invertidas durante el ejercicio, con un máximo de 6.000 euros.
  • Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil: 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio, con un máximo de 10.000 euros.

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