Fiscalidad de las Letras del Tesoro

Dentro de nuestra serie de artículos sobre fiscalidad de los productos financieros llega el momento de detenernos en uno de los grandes clásicos de la inversión a medio y largo plazo: la deuda pública y más concretamente las Letras del Teroso. Analizamos su fiscalidad y de paso explicamos en qué consisten.

Las Letras del Tesoro constituyen parte de las emisiones de deuda del estado. Se trata de valores de renta fija a corto plazo que va desde los tres hasta los 18 meses y que se emiten al descuento. Desde un punto de vista inversor, la renta fija en general se supone que es más segura que la renta variable, y más si nos referimos a la deuda del Estado.

fiscalidad de las letras del tesoro

El Tesoro Público es el encargado de llevar a cabo las emisiones de Letras del Tesoro en sus diferentes plazos que son los siguientes:

  • Letras del Tesoro 3 meses
  • Letras del Tesoro 6 meses
  • Letras del Tesoro 12 meses
  • Letras del Tesoro 18 meses

La subasta sobre las letras de tres y seis meses se celebran el cuarto martes de cada mes, mientras que el tercer martes de cada mes se reserva para las subastas a 12 y 18 meses. El importe mínimo de cada petición de Letras del Tesoro debe ser de 1.000 euros (el valor nominal mínimo de cada letra) y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de esa cantidad .

Las Letras del Tesoro ofrecen una rentabilidad implícita marcada en cada subasta, de forma que quien compra sabe lo que ganará en el momento de comprar. Es decir, en el peor de los casos al comprarlas ganarás lo que marca el descuento de la letra.

Otra cuestión diferente es que después quieras venderlo en el mercado secundario de deuda pública para obtener un beneficio mayor o que hagas lo contrario cobrando menos de lo que harías con el descuento inicial.

aeat tesoro publico

Como tributan las Letras del Tesoro

Las Letras del Teroso tienen la consideración de activo financiero a efectos de IRPF y por lo tanto se integran en las denominadas rentas del ahorro junto con el resto plusvalías obtenidas a través de la mayoría de productos financieros (aquí habría que excluir planes de pensiones e inversión inmobiliaria).

Desde la página web del Tesoro Público explican la fiscalidad de las Letras del Tesoro y la forma en la que estas tributan. En este sentido, está sujeto a IRPF la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta o amortización de la letra.

Para las letras, la base imponible será la diferencia entre el precio de compra y el de venta que tributará como rendimiento de capital mobiliario y no estará sujeto a retención de IRPF.

Los tipos que se aplicarán en cualquier caso serán los de las rentas del ahorro, que para 2015 y 2016 y en adelante son los siguientes:

Base imponible del ahorro en el IRPF 2015:

  • Entre 0 a 5.999 € el tipo impositivo será del 19,5%
  • Entre 6.000€ 49.999€ el tipo impositivo será del 21,5%
  • A partir de 50.000€ el tipo impositivo será del 23,5%

Base imponible del ahorro en el IRPF 2016:

  • Entre 0 a 5.999 € el tipo impositivo será del 19%
  • Entre 6.000€ 49.999€ el tipo impositivo será del 21%
  • A partir de 50.000€ el tipo impositivo será del 23%

Lo que no existe es retención a cuenta de IRPF sobre las letras del tesoro, lo que supone una ventaja desde el punto de vista financiero, ya que es un dinero con el que contaremos por adelantado, pero deberemos tener en cuenta que a la hora de hacer la declaración de la renta tendremos que pagar por ellas. Esto quiere decir que ganarás más al cobrar, pero tendrás que devolverlo en la declaración de la renta, así que reserva como poco un 19,5% de las ganancias en 2015 y el 16% en 2016, ya que este será el mínimo que pagarás al hacer la declaración de la renta.

En cualquier caso, tampoco no habrá que tributar durante el tiempo que se mantengan, sólo por el rendimiento generado a su venta o amortización.

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La diferencia respecto a los bonos

Es habitual confundir las letras del tesoro con los Bonos del Estado, especialmente por los inversores novatos. Sin embargo, se trata de productos diferentes con fiscalidad también diferente.

Desde el punto de vista inversor las dos se refieren a deuda del estado, pero lo que las diferencia es el plazo de la emisión. Las letras del Tesoro se emiten a corto plazo, como ya has visto, lo que hace que no sean un producto muy volátil. Para los Bonos el plazo de las emisiones se eleva con emisiones a tres y cinco años, mientras que para las Obligaciones del Estado las emisiones son a 10, 15 y 30 años.

Desde el punto de vista fiscal también hay diferencias. Y es que con los bonos el beneficio se obtiene por un lado del cupón y por otro de la diferencia de una posible venta en el mercado secundario de deuda. Y es que con el bono puedes optar por cobrar el cupón u operar con él. ¿Cómo? Sólo tienes que pensar que un cupón o rendimiento prometido tiene más o menos valor en función de las siguientes emisiones. Dicho de otra forma, si te garantizan un 1% te comprarán tu deuda a 100, pero si al cabo de dos meses los estados garantizan un 4% tu deuda, tu bono, no valdrá 100, sino mucho menos porque se pueden conseguir rendimientos superiores.

En el caso de que optes por cobrar el cupón, es decir, que te limites a recibir los intereses pactados, el dinero obtenido tributará como rendimiento de capital mobiliario sujeto a retención y se integrará con las ganancias y pérdidas de ese tipo.

En el caso de que optes por vender el bono, lo que se tendrá en cuenta es la diferencia entre el precio de adquisición o suscripción y el de venta como si se tratase de una acción. En este caso, tributará también como rendimiento del capital mobiliario sólo que además podrás reducir del beneficio los gastos de adquisición y enajenación.

Recuerda que podrás compensar las pérdidas sufridas en tu operativa de las ganancias que hayas obtenido. Una vez realizada la resta, las rentas del capital mobiliario se integrarán con las ganancias y pérdidas patrimoniales para tributar según los tipos vigentes del ahorro.

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Imagen – froxx y Creativa Images en Shutterstock

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