Depósitos en el IRPF

¿Cómo tributan los depósitos en el IRPF? La fiscalidad de los depósitos es similar a la del resto de productos financieros y las ganancias deben incluirse dentro de la denominada renta del ahorro. Os explicamos cómo hacer y cuánto habrá que pagar por las rentabilidades obtenidas.

Los depósitos bancarios son uno de los productos financieros más contratados en España junto con cuentas corrientes y fondos de inversión. A su favor juega la sencillez del propio producto y la facilidad a la hora de contratarlos. De forma resumida, un depósito es un acuerdo por el cual cedemos nuestro dinero al banco durante un tiempo limitado y fijado de antemano a cambio de una rentabilidad también pactada de forma anticipada. A esta composición general se le pueden después elementos adicionales como supeditar parte de la rentabilidad a la evolución de la bolsa, del Euribor e incluso de la inflación o de eventos deportivos, pero esto no cambia la esencia del producto.

Los depósitos en el IRPF

La rentabilidad que obtengamos en a través de los depósitos debemos incluirla en el IRPF. Estos forman parte de la llamada renta del ahorro junto con la mayoría de productos de inversión como las acciones, cuentas remuneradas , ETFs o CFDs, por poner algunos ejemplos. Uno de los pocos productos que quedan fuera de este ámbito son los planes planes de pensiones, que están sujetos a una fiscalidad especial para incentivar la inversión a largo plazo.

La forma de tributar los depósitos en el IRPF es casi tan sencilla como la de contratarlos. Lo primero que debemos saber es que sólo pagaremos por las ganancias obtenidas y el porcentaje o tipo de gravamen dependerá de las ganancias obtenidas. Tras la reforma de 2010 se divide en dos tramos de la siguiente forma:

  • Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21% hasta 2014 (a partir de ahí vuelven a tributar al 19%)
  • Hasta 24.000euros habrá que pagar un 25% hasta 2014 (a partir de ahí vuelven a tributar al 21%)
  • A partir de 24.000 euros habrá que pagar un 27% hasta 2014 (a partir de ahí este tramo desaparece)

Las propias entidades bancarias se encargan de practicar una retención de IRPF a los depósitos del 21% sobre las ganancias obtenidas. De esta forma, después sólo será necesario abonar la diferencia entre ese 21% y el tramo en el que se encuentren nuestras ganancias.

El Impuesto sobre el Patrimonio

Los depósitos también están sujetos al pago del Impuesto sobre el patrimonio, así como el dinero que tengamos en la cuenta corriente o en acciones. A efectos de calcular la base imponible y sumarla  al resto de bienes por los que hay que declarar según señalan los artículos del 10 al 25 de la ley, recogidos en el Título IV , se tendrá en cuenta la cuantía total que tengamos en depósitos, no sólo el rendimiento que estos ofrezcan, como ocurre con la declaración de la renta.

Tras el último cambio legislativo sólo quienes posean un patrimonio superior a los 700.000 euros, excluida la vivienda habitual hasta un máximo de 300.000 euros, deberán pagar el impuesto.

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