Regulación de la asignación de cantidades para cumplir con los objetivos obligatorios.

NOVEDADES BIODIESEL!

Capitalbolsa | 23 dic, 2012 22:30

El Biodiesel es y lleva siendo desde hace muchos años uno de los temas más controvertidos de nuestro sector petrolero.


A través del despacho InLegis, profesionales jurídicos especialistas en hidrocarburos, hemos conocido la publicación el pasado jueves 20 de diciembre de 


Esta Orden no es la Convocatoria a nuevas cuotas de producción de éste producto, sino la modificación de varios puntos de la Orden IET/822/2012.

 

La presente Orden, que entra en vigor el lunes 24 de diciembre, introduce las siguientes novedades:



1.- La cantidad máxima objeto de procedimiento de asignación será de 5.500.000 de toneladas al año. Se amplía  por lo tanto la cantidad antes establecida en medio millón de toneladas.

(Hasta ahora la cantidad máxima había sido de 5 millones de toneladas al año.)

 

2.- Podrán presentar solicitudes todos los titulares de plantas o unidades de producción, sea cual sea su ubicación geográfica.

(Hasta ahora se limitaba a los titulares de plantas o unidades de producción ubicadas en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea.)

 

3.- Se elimina la obligatoriedad de que las empresas solicitantes sean operadores al por mayor de productos petrolíferos.

 

4.- La presentación de las solicitudes y cualquier comunicación al respecto deberá ser realizada a través de la Sede Virtual del Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante firma electrónica.

(Por lo tanto, no se aceptarán las presentaciones en papel ante los registros de las Administraciones Públicas.)

 

5.- La convocatoria del procedimiento de asignación de cuotas se realizará mediante resolución del titular de la Secretaría de Estado de Energía.

La Orden IET/822/2012 fue, además de la normativa que establecía las condiciones para solicitar cuotas de producción de biodiesel, una convocatoria en sí misma. Ahora, tras la publicación de la presente Orden IET/2736/2012 habrá que esperar a una Resolución de la Secretaría de Estado de Energía que será la que establezca la "convocatoria".

 

Una vez que se publique una convocatoria:

-          El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días.

-          Si no se superan los 4 millones de toneladas de cantidades solicitadas al año por todos los solicitantes, se Dirección General de Política Energética y Minas podrá prorrogar dicho plazo.

-          El listado de las cantidades de producción asignadas, deberá publicarse en el plazo máximo de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

 

6.- Los titulares de aquellas plantas o unidades de producción que hubieran efectuado una solicitud de asignación de cantidad de biodiésel en la convocatoria de abril de 2012, deberán presentar una nueva solicitud, pero no estarán obligados a presentar la documentación ya enviada.



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